La Comarca, en el ámbito de su territorio, es competente en las siguientes funciones y servicios, sin perjuicio de las actuaciones de planificación, coordinación, promoción y fomento que, en virtud de interés supracomarcal, pudiera ejercer la Comunidad Autónoma y de la eventual autonomía propia de los centros, entidades e instituciones afectadas:
- Determinar la estructura organizativa comarcal de Protección civil y de los grupos permanentes de intervención en emergencias.
- Elaborar y aprobar el Plan comarcal de Protección civil en coordinación con la Diputación General de Aragón.
- Recoger y transmitir datos relevantes para la Protección civil.
- Elaborar el catálogo de recursos movilizables del Plan comarcal de Protección civil.
- Prestar apoyo, asistencia y cooperación a los municipios en materia de Protección civil.
- Elaborar y ejecutar programas comarcales de previsión y prevención, promoviendo campañas de concienciación y sensibilización de la población, divulgando las medidas de autoprotección y realizando prácticas y simulacros de Protección civil.
- Promover la creación de organizaciones de voluntariado en el territorio comarcal.
- Crear un registro de agrupaciones de voluntarios en el ámbito territorial de la Comarca.
Todo ello dando cumplimiento a lo recogido en la Ley 30/2002, de 17 de diciembre, de protección civil y atención de emergencias de Aragón, y sin perjuicio de las competencias comarcales recogidas en la misma.