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Protección Civil

Bombero de protección civil

La Comarca, en el ámbito de su territorio, es competente en las siguientes funciones y servicios, sin perjuicio de las actuaciones de planificación, coordinación, promoción y fomento que, en virtud de interés supracomarcal, pudiera ejercer la Comunidad Autónoma y de la eventual autonomía propia de los centros, entidades e instituciones afectadas:

  • Determinar la estructura organizativa comarcal de Protección civil y de los grupos permanentes de intervención en emergencias.
  • Elaborar y aprobar el Plan comarcal de Protección civil en coordinación con la Diputación General de Aragón.
  • Recoger y transmitir datos relevantes para la Protección civil.
  • Elaborar el catálogo de recursos movilizables del Plan comarcal de Protección civil.
  • Prestar apoyo, asistencia y cooperación a los municipios en materia de Protección civil.
  • Elaborar y ejecutar programas comarcales de previsión y prevención, promoviendo campañas de concienciación y sensibilización de la población, divulgando las medidas de autoprotección y realizando prácticas y simulacros de Protección civil.
  • Promover la creación de organizaciones de voluntariado en el territorio comarcal.
  • Crear un registro de agrupaciones de voluntarios en el ámbito territorial de la Comarca.

La Comarca comunicará a la Dirección General del Departamento competente en esta materia aquellos actos inscribibles y datos asociados necesarios para el mantenimiento y actualización del Registro de agrupaciones de voluntarios. A su vez, la Dirección General de Interior comunicará a la Comarca y a la agrupación el número de registro que corresponda, así como la conformación de las variaciones de datos y bajas en dicho Registro.
Todo ello dando cumplimiento a lo recogido en la Ley 30/2002, de 17 de diciembre, de protección civil y atención de emergencias de Aragón, y sin perjuicio de las competencias comarcales recogidas en la misma.